#ElPerúQueQueremos

derechos de las mujeres

Posibles retrocesos en los derechos humanos de las mujeres en la Comisión de la Mujer y Familia

Pronunciamiento

Publicado: 2013-06-17

I

logos

En esta legislatura, la Comisión de la Mujer y la Familia dictaminará sobre el Proyecto de Ley sustitutorio denominado “Nuevo Código de los niños, niñas y adolescentes”, el que debe ser debatido y aprobado por el Pleno del Congreso. La propuesta presentada por la Secretaría Técnica de la Comisión contiene las siguientes disposiciones:

“el concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece y goza de protección especial y privilegiada” (Art. IV).

“cuando existen conflictos entre los derechos de los intereses de los niños, niñas y adolescentes y otros derechos e intereses igualmente legítimas, prevalecerán los primeros”. (Art. VII)

Las disposiciones mencionadas desconocen y vulneran los derechos fundamentales de las personas cuando se encuentren en conflicto con los que tiene el concebido, ya que resuelve cualquier situación de conflicto siempre a favor del mismo, sin analizar casos concretos. Esta decisión legislativa puede generar la vulneración arbitraria de derechos fundamentales como el derecho al trabajo, la educación, el libre desarrollo de la personalidad, la libertad, la intimidad, la salud e inclusive la vida.

Uno de los conflictos de derechos más conocidos se presenta en los casos de aborto, donde el derecho a la vida del concebido se enfrenta a los derechos de la mujer gestante; de ahí que la posible aprobación de las disposiciones mencionadas determinen que:

• El Código del Niño, Niña y Adolescentes cuestione la vigencia del aborto terapéutico vigente desde 1924, obligando a las mujeres a morir o a tener graves daños en su salud física y mental con tal de mantener un embarazo.

• El Código del Niño, Niña y Adolescente desconozca que hay dos resoluciones supranacionales del Comité de Derechos Humanos y el Comité CEDAW donde se ha señalado que el Estado es responsable de violar los derechos humanos de dos adolescentes (KL y LC) por no haberles brindado el servicio de aborto terapéutico.

• El Código del Niño, Niña y Adolescente impida que se debata la posible despenalización del aborto por violación, propuesta que está contemplada en el Proyecto de Revisión del Código Penal que ya se encuentra en manos de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos; y ha sido objeto de recomendación de diversos Comités de protección de derechos humanos de las Naciones Unidas.

El debate sobre la legislación del aborto en el Perú debe darse en el marco de la Revisión del Código Penal vigente, el que ya estableció que ante el conflicto de derechos entre la vida y la salud de la mujer gestante y el derecho a la vida del concebido, priman los derechos de la mujer. El conflicto de derechos que se generan en los casos de aborto no debe abordarse en el marco de la aprobación del Código del Niño, Niña y Adolescente.

Defendemos la obligación que tiene el Estado de proteger y garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes; sin embargo, consideramos que ésta debe darse en consonancia con la Constitución y los tratados internacionales que ha suscrito. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Artavia Murillo v. Costa Rica ha determinado que la protección del concebido debe darse a través de la mujer embarazada concediéndoles atención y ayuda especiales antes y durante un lapso razonable después del parto.

En ese marco, solicitamos a la Comisión de la Mujer y la Familia y al Pleno del Congreso, que en el marco de un Estado Laico, no apruebe las disposiciones reseñadas, pues ellas implícitamente impiden un debate fundamentado e informado sobre el aborto, sustraen un tema que debe ser resuelto en el marco de la revisión del Código Penal y tiene consecuencias nefastas para las mujeres.


Escrito por

Rosalva

Comunicadora Social, Social Media Manager, Estrategia digital y para variar con una maestría en Ciencia Política.


Publicado en

Rosalva

Otro sitio más de Lamula.pe